lunes, 6 de octubre de 2008

¿QUÉ ES LA CEGUERA LEGAL?

El ciego legal en Colombia está definido en el artículo No. 6 del Decreto
No. 2156 de noviembre de 1972, de la siguiente manera:

a. Ausencia total de la vista.

b. Agudeza visual no superior a 1/10 ó 20/200 en el mejor ojo, después
de su corrección.

c. Limitación en el campo visual hasta un ángulo no mayor de 20 grados.

Esta clasificación la utilizaron muchos pacientes simuladores y es
aplicable para inhabilitar laboralmente a un trabajador.

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